RENTA
BASICA UNIVERSAL. UNA ALTERNATIVA PROGRESISTA Y VIABLE por Marta
Felperín y Juan Pablo Martínez1

Sumario:
I.- Introducción. II.- Que es la Renta Básica Universal (RBU).
III.- Las características de la RBU. IV.- Una
mínima fundamentación ética y política. V.- Viabilidad económica
en nuestro país. VI.- Conclusión.
I.-
Introducción
La
pandemia ocasionada por el Covid 19 coloca al gobierno nacional ante
grandes desafíos; entre ellos, hacer frente a la crítica situación
económica y su repercusión en el mundo del trabajo (desempleo,
cierres de empresas).
Este
artículo da cuenta de una posible vía, no sólo para la
contingencia, sino como plausible herramienta para que todas las
personas dispongan de una base material suficiente para garantizarse
una existencia social autónoma ante un futuro que se nos
muestra distópico (el futuro ya llegó), que nos ha evidenciado lo
evidente: una estructura capitalista destructiva e insaciable que se
fagocita a las mayorías excluidas y carenciadas, pero que también
mercantiliza todo y a todes, sometiéndonos a la incertidumbre y que,
sin embargo, nos muestra su falacia en cuanto al mito del crecimiento
ilimitado, exponiendo cómo se reproduce, retroalimenta y se vincula
(o representa) los intereses de los más poderosos: esa vía es una
renta básica universal, bajo cualquiera de sus posibles variantes o
modalidades2.
Por
lo tanto, y ante los grandes desafíos venideros coincidimos con lo
dicho por el filósofo italiano Franco Berardi quien afirma:
“podríamos salir de esta situación imaginando una
posibilidad que hasta ayer parecía impensable: redistribución del
ingreso, reducción del tiempo de trabajo. Igualdad, frugalidad,
abandono del paradigma del crecimiento, inversión de energías
sociales en investigación, en educación, en salud”.…”El virus
es la condición de un salto mental que ninguna prédica política
habría podido producir. La igualdad ha vuelto al centro de la
escena. Imaginémosla como el punto de partida para el tiempo que
vendrá”3.
Reiteramos,
es justamente, en esa línea que viene nuestra propuesta: Una renta
básica universal (RBU) que le asegure a cada habitante condiciones
materiales básicas y dignas de vida, independientemente de cualquier
requisito que no sea el de ser persona humana, a cargo del Estado,
posibilitada con reformas fiscales, y como derecho
de ciudadanía4.
II.-
Que es la Renta Básica Universal (RBU)
La
idea de una renta básica universal o ingreso ciudadano es un
concepto que, si bien, desde el Renacimiento ocupó a algunos
autores, tomó fuerza y vigencia en los últimos 30 años. La actual
pandemia -que está haciendo cimbrar nuestras sociedades- y sus
estructuras económicas y sociales, nos ha permitido pensar en
distintas formas de organización, más solidarias y más
igualitarias, retomando, entonces, la posibilidad -ya cierta- de su
implementación.
Cuando
hablamos de renta básica universal, nos referimos a la que establece
una renta básica individual, incondicionada y universal, la que
también suele llamarse renta de ciudadanía, subsidio universal
garantizado, ingreso ciudadano, ingreso mínimo, renta garantizada,
pero, -reiteramos-, su carácter distintivo con respecto a otras
figuras o institutos es el carácter individual, incondicionado y
para todos. Y si bien, podemos encontrar leves matices entre las
distintas propuestas y sus sostenedores, los mismos -en general-
recaen sobre los modos y fuentes de financiamiento5.
Sus
propiciantes conciben a la misma como un complemento de la sociedad
de bienestar que en modo alguno sustituiría a la salud, a la
educación pública ni a otras funciones que son consideradas como
propias del estado, sino que, reemplazaría a distintas clases de
subsidios, por ejemplo, el de desempleo. Es decir, el estado
sustituiría
todos o casi todos los subsidios directos por un pago mensual –
también directo- que cada persona podría gastar como desee.
No
es un subsidio, es incondicionado y no requiere ningún requisito
salvo el de la ciudadanía o residencia, que dependerá de las
legislaciones de cada país, tampoco es temporal (se lo concibe sine
die) y no exige ningún tipo de
contraprestación (trabajo) o condicionamiento o requisitos (como los
son, por ejemplo: incapacidad -jubilación por invalidez-, desempleo
–seguro o subsidio por desempleo-o bien, poseer determinada
cantidad de hijos, no contar con trabajo; no poseer ingresos
habituales, etc.) ni sería objeto de rendición de cuentas.
Su
aplicación depende de decisiones políticas, desde que las mismas
tienen una potencialidad de transformación en la distribución de
los recursos que repercutirá en forma directa e inmediata en la
calidad de vida de las sociedades. Siguiendo a Lluís Torrens (2017),
coincidimos (en parte) en que la destrucción de puestos de trabajo o
bien, su precarización, por las múltiples razones conocidas
(tecnología, radicación de factorías, globalización, disminución
del poder adquisitivo de los salarios en oposición a la
transferencia de ingresos del trabajo al capital, etc) “…
ha servido para disciplinar a la masa de trabajadores”.6
Agregando el mismo autor que: “El factor principal de
esta capacidad disciplinaria es la existencia de una gran parte de
población que debe trabajar para tener ingresos… que está
precisamente sin empleo. Cuando la posibilidad de despido se
convierte en algo cada vez más frecuente en una situación de
crisis, la población trabajadora está más dispuesta a aceptar
condiciones laborales peores. La RB representaría una herramienta
muy poderosa para debilitar esta capacidad disciplinadora del
capital” 7
/8
.
III.-
Las características de la RBU
- Periódica: Debe pagarse a intervalos regulares (por ejemplo, mensual). No en un solo pago.
- Pago en efectivo: Es decir, debe utilizarse un adecuado medio de cambio, que le permita a quien lo recibe decidir en la forma en que desea utilizarlo. Tampoco deben entregarse vouchers para ser utilizados en determinados comercios o lugares.
- Individual: Individual, personal, no corresponde por familia ni por otro tipo de condición.
- Universal: Para todos sin necesidad de acreditación o condición alguna. (se evita la estigmatización social y la exposición sobre las condiciones personales, económicas, etc y la discrecionalidad administrativa)
- Incondicional: Sin necesidad de contraprestación alguna.
En
la plataforma de la “Red argentina de ingreso ciudadano” (Radic)
puede leerse en su presentación que: “1)
debería existir una red de seguridad en el ingreso que garantice que
ninguna persona caiga por debajo de ella, que sea de fácil acceso y
que no estigmatice a los ciudadanos/as” y; 2) esta red de
seguridad debería ser un piso o una base desde donde las personas
puedan desarrollar libremente su capacidad para generar ingresos
propios y no un mecanismo que genere dependencia con respecto a la
asistencia del Estado.”9
IV.-
Una mínima fundamentación ética y política
Esta
propuesta afronta severas críticas y resistencias, quizás, la
principal deviene de una concepción ética del trabajo remunerado
como dignificadora del ser humano, valores dominantes en nuestro
país, conjuntamente con la visión de un mundo en que el estado de
pobreza se consideraba como un estado, es decir, transitorio,
reversible, así como el desempleo; llegándose, en muchos casos a
alegar sólo un aspecto voluntarista y meritocrático de quienes se
encuentran en estas situaciones. Sumándole la consideración de la
RBU cómo un ingreso injusto, como un premio a quien no quiera
trabajar en forma remunerada (empleo), argumentando que ante la
existencia de este tipo de rentas ya nadie querría trabajar10.
Ahora
bien, consideramos que esta es una visión sumamente segada, y
parcial, desde que, como consecuencia del neoliberalismo y la actual
crisis mundial del capitalismo, la población excluida y bajo líneas
de pobreza es mucha, no se generan los suficientes empleos, gran
parte de los empleos que se han generado son inútiles y superfluos
(estamos, también, hablando de limites ecológicos al crecimiento),
la globalización, la robotización, el desplazamiento de factorías
hacia zonas del mundo con mano de obra más barata (en algunos casos
cuasi y esclava), nos diagnostican y futurizan una situación harto
diferente a ese mundo estable y de aspiraciones a pleno empleo.
Reiteramos,
a nadie escapan las nefastas consecuencias del neoliberalismo:
concentración abrumadora y obscena de la riqueza en pocos y en
detrimento de la mayor parte de la población mundial, abonando a una
misérrima vida carente de lo mínimo indispensable, disminución,
escasez estructural y precarización del empleo y de las condiciones
de trabajo, reorganización de la recaudación
tributaria alrededor del impuesto generalizado al consumo ante la
imposibilidad fáctica y jurídica de grabar la ganancia de las
corporaciones, protegidas por el principio del arms lenght (de plena
competencia) establecido en materia de precios de transferencia y los
tratados de doble imposición.
Estas
políticas fiscales, en términos de equidad, consiguen nulo impacto
distributivo, precisamente allí donde la desigualdad es el dato
social más relevante. Desde la década de 1970, la desigualdad
creció significativamente, aún en los países de mayores ingresos,
alcanzando en 2010 la concentración distributiva de 1910. Como se
comprobó de modo contundente, la tasa de rendimiento del capital
financiero e inmobiliario superan los rendimientos del resto de la
economía, echando por tierra a la teología meritocrática que
explica el desarrollo personal en base al trabajo y el capital
humano.
Nuestro
país no fue ajeno a estas políticas, por lo tanto, resulta
imperioso adaptar el esquema fiscal a un modelo recaudatorio que
permita la realización del programa constitucional, haciendo posible
la igualdad material de oportunidades y el respeto por la dignidad
humana. Si pretendemos, entonces,
considerarnos y denominarnos sociedad democrática y con una
ciudadanía libre, el corolario ineluctable es que la satisfacción
de la existencia material debe estar garantizada como derecho de
ciudadanía, y sin que ello esté condicionado a disponer o no de un
trabajo remunerado ni al cumplimiento de ningún otro requisito que
no sea el de residencia. Cómo afirma Daniel Raventos Pañella, “La
renta básica, sin duda, es un dique contra la incertidumbre”.
Asimismo,
es importante puntualizar que la RBU no cuestiona al capitalismo en
sí mismo, por ello hay defensores de todas las vertientes, y
posiciones ideológicas. También se lo defiende y auspicia desde
sectores marxistas, así el economista crítico español y uno de sus
precursores, José Ignacio Fernández afirma: “Para
enfrentar esta realidad política y social… en todo el mundo,
coincidimos con Van Parijs en que es necesario reflexionar sobre un
nuevo sistema de protección social, nuevo en el sentido de sustituir
buena parte de la Seguridad Social actual por la implantación de la
RB, pero también mantenemos que ha llegado el momento de enfrentarse
al capitalismo del próximo milenio con nuevas armas y conceptos, con
una propuesta político-social que sea también lo más
antiglobalizadora, anticapitalista posible. (Iglesias; marzo de
2001)”11.
V.-
Viabilidad económica en nuestro país
En
medio de la renegociación con los acreedores externos, con una
economía que hace años no crece, los estímulos para la
recuperación provendrán del Estado. Las medidas que se ensayen en
este tiempo tendrán impacto inmediato y repercusión en el mediano
plazo. Pero, aunque parezca un contrasentido, la mira no debe estar
puesta en la coyuntura. Quizá sea el momento de ensayar reformas de
fondo, ejecutando movimientos que requieran el consenso contundente
de todos los actores políticos y sociales. En ese sentido, a nadie
escapa que la estructura tributaria argentina adolece de serias
deficiencias, desde el punto de vista de la justicia fiscal. Nadie
ignora que las reformas encaradas en los años noventa arrojaron como
saldo el deterioro del tejido social. Luego del desmantelamiento del
estado de bienestar, a la salida de la convertibilidad se intentó
poner a las políticas públicas en escena.
Dada
la imposibilidad de reconstruir el mercado de trabajo, se utilizaron
instrumentos de transferencia directa para aminorar los efectos de la
desocupación estructural. Se hizo un largo recorrido, desde los
planes de jefes y jefas de hogar, hasta la universalización de la
seguridad social, a través de la inclusión previsional y la
asignación universal por hijo. Hoy día se ha establecido el IFE.
Indudablemente,
ampliar el espectro de cobertura y llegar a lo que denominamos
sistema de protección de tercera generación implica una
redistribución del gasto público, pero, también, un incremento de
la presión fiscal hacia el capital, (imposición directa), a las
transacciones financieras, así como medidas de
personalización del IVA que admiten una amplia variedad de
instrumentación (al tratarse de un impuesto harto regresivo desde
que grava el consumo directo)12.
VI.
Conclusión:
En
conclusión, sabemos que las crisis distribuyen sus efectos de manera
desigual, exponiendo las distancias materiales que requiebran la
cohesión social. Ya se encuentra en el debate público la
consideración de un impuesto a las grandes fortunas; creemos que se
trata de una primera aproximación al sistema. La justicia fiscal
reclama por reformas más profundas. La disciplina fiscal, el
desendeudamiento y una amplia política de transferencias, como el
IFE, son sin dudas medidas a la altura del desafío. También el
combate a la radicación de activos en el exterior y la elusión de
tributos en general. Si el aislamiento fue la respuesta colectiva
frente a la pandemia, la solidaridad debe ser el medio para conseguir
nuevamente la justicia social que nos adeudamos.13
1Abogada
laboralista y docente de la Facultad de Derecho de la UNR/ Abogado
tributarista y docente en la Facultad de derecho de la UNR.
2El
gobierno nacional ha avanzado en la implementación de medidas que
toman algunas de sus características. Por Decreto del PEN 310/2020
del 24/03/2020 se estableció: "Instituyese con alcance
nacional el “INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA” como una prestación
monetaria no contributiva de carácter excepcional destinada a
compensar la pérdida o grave disminución de ingresos de personas
afectadas por la situación de emergencia sanitaria declarada por el
Decreto N° 260/20, y demás normas modificatorias y
complementarias. En principio iba a ser un pago único de $ 10.000
en el mes de abril, pero se ha dispuesto un segundo pago del mismo
monto en el mes de junio. Monto que es compatible con la Asignación
Universal por hijo y por embarazo.
3BERARDI,
Franco., “Crónica de la Psicodeflación #1”, Caja Negra
Editora, Crónica del 13 de marzo,
https://cajanegraeditora.com.ar/blog/cronica-de-la-psicodeflacion/
recuperado el 28/04/2020 (Se aclara que esta crónica -a manera de
diario-, comenzó a escribirla el autor el día 21/02/2020).
4La
RBU
puede considerarse hoy día, como un conjunto de propuestas que
tratan de aplicarse en un mundo de grandes complejidades en la
estructura tributaria pero con un claro objetivo redistributivo.
5“Las
variantes de IBU combinan diferentes modalidades de cobertura,
grados de incondicionalidad, pero fundamentalmente ya no son
entendidos como el único criterio de justicia distributiva, lo que
quiere decir, entre otras cosas, que
las actuales variantes de IBU consideran la existencia de diversas
imposiciones tributarias, además de la requerida para financiar los
ingresos básico”.
https://www.ambito.com/opiniones/ingreso-basico-universal/cuantos-lo-recibirian-hoy-si-se-hubiese-lanzado-2004-n5105470.
Avaro, Dante.
(Texto
elaborado con la colaboración de Juan Barce (recuperado 2/06/2010).
6TORRENS
MÈLICH, L., “Entrevista: Lluís Torrens Mèlich”, en Galde 18,
primavera/2017,
https://www.galde.eu/es/entrevista-lluis-torrens-melich/
al
06/04/2020.
7RAVENTÓS,
D.,
ARCARONS, J., TORRENS, L.,
“La
renta básica incondicional y cómo se puede financiar. Comentarios
a los amigos y enemigos de la propuesta”, Red Renta Básica,
http://www.redrentabasica.org/rb/la-renta-basica-incondicional-y-como-se-puede-financiar-comentarios-a-los-amigos-y-enemigos-de-la-propuesta/
(26/07/2017) recuperada al 28704/2020
8“Según
estimaciones de la Comisión Económica para América Latina y el
Caribe (CEPAL), se prevé que la actividad económica de la región
se contraiga el 5,3% en 2020. En la medida en que la dinámica de la
pandemia se prolongue y las medidas de distanciamiento físico sigan
siendo necesarias, cabe esperar que la contracción sea mayor a la
proyectada. La fuerte caída del producto interno bruto tendrá
efectos negativos en el mercado de trabajo y para 2020 la CEPAL
proyecta un aumento de la tasa de desocupación de al menos 3,4
puntos porcentuales, hasta alcanzar una tasa del 11,5%, lo que
equivale a más de 11,5 millones de nuevos desempleados. De
profundizarse la contracción económica, la tasa de desocupación
será mayor. Según estimaciones de la Organización Internacional
del Trabajo (OIT), la crisis sanitaria provocada por el coronavirus
y las medidas de confinamiento provocan una pérdida de alrededor
del 10,3% de las horas de trabajo en el segundo trimestre de este
año, lo que equivale a 31 millones de empleos a tiempo completo
(suponiendo una jornada de 40 horas semanales)”.
(Cepal-OIT. Coyuntura Laboral e América Latina y El Caribe. Mayo
2020. Nro. 22, pág. 5).
9¿Qué
es Ingreso Ciudadano?,
Ingreso Ciudadano. Red Argentina de Ingreso Ciudadano,
https://ingresociudadano.com.ar/que-es-ingreso-ciudadano,
recuperada al 28/04/2020
10En
la finalización de
la fase expansiva de los años 70 y la aparición del paro de masas,
en diversos países se implementaron las llamadas políticas de
"activación" de sistemas de protección frente al
desempleo, que dieron lugar a distintas medidas que presionaban a
los perceptores de las rentas mínimas para la "vuelta el
empleo" y que tienen como modelo extremo el "workfare"
USA "trabajo obligatorio a cambio del subsidio". Estas
medidas consisten en controles continuos del cumplimiento de las
condiciones de las rentas, de planes de inserción y de convivencia
o cohabitación. En general tienen como elemento común el de
estigmatizar a sus perceptores como inútiles, vagos, o que no
intentan encontrar un empleo con suficiente empeño, y que en
consecuencia son una carga para la sociedad. Se pretendió hacer a
los desempleados responsables de su situación y de la mala oferta
de empleo. De esta manera, se logró abaratar los sistemas de
protección, y sobre todo el mercado de trabajo (en especial el
menos cualificado) forzando a tomar cualquier trabajo en cualquier
condición…. (Recomendamos la película de Ken Loach “Daniel
Blake”).
11Puede
verse la interpretación de P. Van Parijs más
elaborada en José Iglesias Fernández, «La Renta Básica y los
derechos humanos», El vuelo de Ícaro, núm. 1, marzo de 2001.
12Financiar
los IBU con el IVA parece interesante porque permite establecer un
marco de transición fiscal de varios años (…). Un horizonte de
transición fiscal holgado permite iniciar un proceso de justicia
distributiva ordenado, institucionalizado y argumentado, al tiempo
que atender la urgencia de los grupos más desfavorecidos de la
sociedad.
https://www.ambito.com/opiniones/ingreso-basico-universal/cuantos-lo-recibirian-hoy-si-se-hubiese-lanzado-2004-n5105470.
Avaro, Dante.
(Texto
elaborado con la colaboración de Juan Barce (recuperado 2/06/2010).
13Recientemente
el gobierno español ha puesto en marcha el Ingreso Mínimo Vital
como una renta mínima a partir del 15 de junio dirigida a los
hogares en una situación
de "pobreza severa", que cifran
en un 20%. Esta ayuda
es para una familia,
no por personas, y solo para uno de los miembros adultos de la
unidad de convivencia, aunque se tengan en cuenta los ingresos de
varios. Entre los requisitos se solicita: Tener entre
23 y 65 años, salvo que haya menores a
cargo, y
acreditar residencia legal y efectiva en España
de forma ininterrumpida durante al menos un año antes de la
solicitud. Además de la tipología del hogar, las cuantías de esta
ayuda dependerán
de la renta y del patrimonio familiar,
excluida la vivienda habitual. En principio, podrán acceder a la
renta mínima las personas que en su declaración
de la renta de 2019 acrediten no llegar a la Renta Mínima
Garantizada.
Sin embargo, aquellas que hayan visto caer sus ingresos más de un
50% en 2020, podrán solicitarla aportando una Declaración
Responsable. (https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/).
https://denverartmuseum.org/exhibitions/women-abstract-expressionism